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La Audiencia Provincial de Teruel dejó ayer visto para sentencia el primer juicio que se celebra en España por una ablación de clítoris realizada presuntamente en nuestro país. Una ley aprobada en julio de 2005 permite a los tribunales españoles perseguir delitos de mutilación genital femenina en el extranjero de ciudadanos que residen o se encuentran en España, y lo considera un delito punible. Desde entonces se han producido varias denuncias, pero es el primer caso que se juzga en el que se cree que la mutilación se ha efectuado en nuestro país.
Los acusados son un matrimonio originario de Gambia y residente en Alcañiz (Teruel). Se enfrenta a seis años de prisión. El padre de la menor ha mantenido durante el juicio que la ablación se la practicaron en Gambia los abuelos maternos, a la semana de nacer la niña, antes de que esta viniera a España.
La fiscalía cree que la amputación del clítoris se ha realizado en territorio español, ya que la niña entró en España en septiembre de 2009, con tres meses, y desde entonces no consta que saliera del país. A los seis meses, en noviembre de 2009, se le realizó una revisión médica en un centro de salud de Alcañiz y no se observó ninguna anomalía. En la revisión de los 12 meses, en mayo de 2010, fue cuando se detectó la mutilación y se informó al juzgado.
La mutilación genital femenina está penada en España con hasta doce años de prisión y la retirada de la patria potestad de la menor. Y aunque parezca mentira, en nuestro país viven miles de mujeres que han padecido esta salvaje mutilación. La ablación se practica de manera clandestina, aprovechando en muchos casos la finalización del curso escolar, cuando las familias inmigrantes se van de vacaciones a sus países de origen,
Según Unicef, en la actualidad hay más de 70 millones de mujeres a las que les han extirpado total o parcialmente sus órganos genitales externos cuando aún eran unas niñas. Cada día que pasa, 6.000 niñas entre cuatro y diez años son mutiladas.
Unicef nos recuerda que la ablación genital femenina constituye una violación fundamental de los derechos de las niñas. Es una práctica discriminatoria que vulnera el derecho a la igualdad de oportunidades, a la salud, a la lucha contra la violencia, el daño, el maltrato, la tortura y el trato cruel, inhumano y degradante; el derecho a la protección frente a prácticas tradicionales peligrosas y el derecho a decidir acerca de la propia reproducción. Estos derechos están protegidos por el Derecho internacional.
La ablación genital femenina causa daños irreparables. Puede acarrear la muerte de la niña por colapso hemorrágico, así como infecciones agudas y septicemia. Muchas niñas entran en un estado de colapso inducido por el intenso dolor, el trauma psicológico y el agotamiento a causa de los gritos. Otros efectos pueden ser una mala cicatrización; la formación de abscesos y quistes; un crecimiento excesivo del tejido cicatrizante; infecciones del tracto urinario; coitos dolorosos; el aumento de la susceptibilidad al contagio del VIH/SIDA, la hepatitis y otras enfermedades de la sangre; infecciones del aparato reproductor; enfermedades inflamatorias de la región pélvica; infertilidad; menstruaciones dolorosas; obstrucción crónica del tracto urinario o piedras en la vejiga; incontinencia urinaria; partos difíciles; y un incremento del riesgo de sufrir hemorragias e infecciones durante el parto.
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